La Secretaria de Seguridad de la Municipalidad de Salto, ante la inminente inauguración del CORRAL MUNICIPAL PARA RETENCIÓN DE ANIMALES , lleva a conocimiento de la población en general que se encuentra vigente la RESOLUCIÓN 617/2005 DE SENASA tratándose del PROGRAMA DE CONTROL Y ERRADICACIÓN ENFERMEDADES EQUINAS Y SU REGLAMENTACIÓN SANITARIA, como también la ORDENANZA 102/92- EXPEDIENTE NRO 108-D-92 APARTADOS 12 Y 12 BIS respecto de animales en la VÍA PUBLICA, EN PREDIOS CERCADOS QUE NO CUMPLAN LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Y POR MALTRATAR ANIMALES.-
Como manera ágil y expeditiva a diferentes inconvenientes que se presentaren en estos casos, la MUNICIPALIDAD DE SALTO, ha decidido la instalación de UN CORRAL DE RETENCIÓN PREVENTIVA DE ANIMALES el cual funcionara en el predio del COMANDO DE PREVENCIÓN RURAL SALTO, sito en RUTA 32 y calle FRANCISCO DE CICCO.
– Al momento de la retención de todo tipo de animales, el SENASA local procederá a la extracción de muestra sanguínea del animal donde se evaluara su estado de salud y proceder en consecuencia, haciendo lo propio la DIRECCIÓN DE BROMATOLOGIA MUNICIPAL.- Lo actuado será girado al JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL , donde deberá presentarse quien arrogue propiedad del animal, el cual sin perjuicio de abonar la multa que le correspondiere, deberá hacer lo propio respecto del cuidado, alimentación y conservación del animal, por el tiempo que permaneciera retenido.-
EL JUEZ OLIVA DEJO EN LIBERTAD A CONOCIDO DELINCUENTE DE GAHAN
La semana pasada con un operativo donde se logró aprehender a un delincuente histórico de …
Gracias por los envíos. Saludos.