Deberán justificar su inasistencia a las PASO por medio de un certificado médico o de lo contrario deberán pagar la multa correspondiente.
“Como regla general se establece que las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de salud pública correspondientes, no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto conforme lo establecido en el art. 12 inc. D del Código Nacional Electoral, debiendo realizarse el trámite correspondiente adjuntando la certificación médica pertinente en su oportunidad”, indica el oficio judicial firmado por la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1 con competencia electoral.
Y advierte: “Asimismo, y también como regla general, aquellos electores que fueren contacto estrecho, o sean considerados casos sospechosos de contagio del mencionado virus, o que deban permanecer aislados por alguna de las disposiciones legales vigentes, tampoco deberán presentarse a votar y de igual modo se justificará su no emisión del voto, en las condiciones señaladas precedentemente. En el hipotético caso que un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento, y el delegado electoral labrará un acta al respecto”.
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