La Cámara Nacional Electoral recordó el cronograma electoral. En las 48 horas previas a la votación no se podrán hacer más actos de campaña.
A partir del 19 de octubre, y hasta tres horas después del cierre de los comicios, no se pueden publicar «resultados de encuestas o sondeos de opinión, ni referirse a sus datos», según lo dispuesto en la Ley Electoral. Esta medida forma parte del calendario electoral, y tiene como objetivo que los posibles resultados no alteren la decisión de los votantes de cara a las elecciones presidenciales .
El cronograma, aprobado por los camaristas Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía, tiene como próxima veda a partir del 25 de octubre, en el que finaliza la campaña para las elecciones generales y no podrán difundirse spots, ni realizar actos de campaña. Sin embargo, en la veda pasada, previo a las PASO, la coalición gobernante no respetó la prohibición para inaugurar obras públicas o realizar actos de gobierno.
Así mismo , tal como se expresa en la Ley Electoral, durante la veda que comenzara el domingo 27 a las 00.00 hs estarán prohibidos la venta de alcohol, los espectáculos populares y las fiestas hasta tres horas después de terminada la elección.
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