Días pasados hablamos en Tardes Informales Con la Dra. Claudia Colella dado que fue el dia de la Viudez y nos intereso el tema de los derechos de cada uno.

En Primer termino muy clara manifestó que en nuestro país la cuestión de genero esta superada y los derechos y obligaciones recaen tanto en el hombre como en la mujer.

Desde el punto de vista legal, estar casado es diferente a vivir en concubinato. Y con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil, las diferencias continuarán.

En la actualidad, a las parejas que sólo conviven bajo el mismo techo se les reconocen pocos derechos y si quieren modificar esta situación sólo les queda pasar por el Registro Civil a fin de formalizar la unión.

El cuerpo legal regula las uniones convivenciales. Pero, de cualquier modo, estas no serán equiparadas al matrimonio. No obstante, se tratará de un cambio importante.

Esto es así dado que, en términos generales, se puede decir que al matrimonio se le eliminaron algunos requisitos y al concubinato se le incluyeron otros que no estaban contemplados para aquél. Tal es el caso de la estabilidad en la relación, es decir, que la misma sea permanente, singular y que hayan pasado al menos dos años de vida en común.

 

En el Derecho Argentino redactado en el nuevo Código Civil y Comercial 2015 el conyuge hereda como un hijo más, es decir tiene la misma parte que un hijo al presentarse a heredar.

El artículo 2433 del nuevo código habla sobre la sucesión del conyuge: Si heredan los descendientes, el cónyuge tiene en el acervo hereditario la misma parte que un hijo. En todos los casos en que el viudo o viuda es llamado en concurrencia con descendientes, el cónyuge supérstite no tiene parte alguna en la división de bienes gananciales que correspondan al cónyuge prefallecido.

¿Qué pasaría si los que deberían heredar fueran el cónyuge y los ascendientes? En ese caso, el cónyuge hereda la mitad de la herencia y los ascendientes la otra mitad (artículo 2433 del nuevo código) y si no hubiera ni ascendientes ni descendientes para heredar, el cónyuge hereda todo.

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