RETENCIÓN VEHÍCULO- INFRACCIÓN ARTICULO 205 Y 239 CÓDIGO PENAL:

De acuerdo al SERVICIO DE SEGURIDAD-COVID-19 dispuesto por la SECRETARIA DE SEGURIDAD,  el  19 pasado y siendo las 22: 45hs, ingresa a la ciudad de salto, un vehículo Peugeot 307 de color gris, conducido por una femenina y acompañada por un masculino que seria su esposo.

– Ante el control del lugar a cargo de la DIRECCIÓN DE TRANSITO Y CONTROL URBANO, la mujer insulta a los agentes,  se torna verborragica y contraría al operativo, aduciendo ser ciudadana de Salto y que lo único que están haciendo en el lugar es molestar a la gente( uso otros términos agraviantes) dándose a la fuga al interior de la ciudad.

– A noticiada las fuerza policiales no logran dar con el rodado.- Con posterioridad sale de la ciudad y vuelve a ingresar, pero en esta ocasión es detenida por la POLICÍA COMUNAL siendo estimativamente las 23:30hs y requerida la documentación del vehículo la misma carece de LICENCIA DE CONDUCIR, SEGURO OBLIGATORIO, CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN DEL AUTOMOTOR por lo que se procede a su inmediata retención por parte de INSPECTORES DE TRANSITO.

– A su vez la   POLICÍA COMUNAL la notifica de su violación a la CUARENTENA  OBLIGATORIA en los términos de los ARTICULO 205 Y 239 DEL CÓDIGO PENAL.-

En el primer caso interviene el JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL y en el segundo el JUZGADO FEDERAL MERCEDES, siendo el vehículo trasladado al DEPOSITO MUNICIPAL DE RETENCIONES.-

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