La Secretaria de Seguridad Municipal comunica CAUSA 153/20 CARATULADA OLMOS MARIANO Y LUPARDO MAURICIO S/EVENTOS SIN AUTORIZACION: a raíz de un trabajo interdisciplinario llevado a cabo por SECRETARIA DE SEGURIDAD-JUZGADO DE FALTAS- PATRULLA RURAL SALTO Y DIRECCIÓN DE TRANSITO Y CONTROL URBANO, el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Salto, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN: SALTO 04 DE MARZO DE 2020-AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO-
RESUELVO: sancionar al Sr LUPARDO MAURICIO– propietario predio- y al Sr OLMOS MARIANO RAUL– organizador evento- por llevar a cabo evento SIN HABILITACIÓN- SIN CERTIFICADO BOMBEROS PERGAMINO- SIN CERTIFICADO R.E.B.A.- PONIENDO EN RIESGO LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS CONCURRENTES AL LUGAR, una multa equivalente a 20 sueldos mínimo de empleado municipal equivalente a la suma de $ 261.801 c/ ,2 ctvos inhabilitando por tiempo ilimitado la utilización del lugar para cualquier evento a excepción del circuito de motos.-
EN CASO DE VOLVER A CONSTATARSE EVENTO SIN HABILITACIÓN, sin mas tramite se procederá a la clausura del circuito por cambio de rubro, sin perjuicio de las comunicaciones a las autoridades provinciales que intervienen en las CARRERAS DE MOTOS–
Fdo DR CESAR DI MANTOVA- JUEZ DE FALTAS- MUNICIPALIDAD DE SALTO.- Por otro lado se ha efectuado comparendo y notificación a propietario de chacra ubicada en RUTA PCIAL 32 Y ACCESO DE TIERRA- inmediaciones CLUB C.U.S.A.- de abstenerse realizar todo tipo de evento que demande las habilitaciones correspondientes y en la misma calidad funcional que la anterior
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